Transito informa que documentación hay que tener para los controles que se realizan en la localidad.

 La documentación, es la obligatoria que se exige por Ley nacional de Tránsito 24.449 y sus modificaciones por la ley 26.363 creada por la A.N.S.V, que serian:

– Licencia de conducir 

– DNI

– Póliza de Seguro vigente 

– Cédula de identificación del automotor (tarjeta verde)

Así mismo, se les recuerda que deberán tener en óptimo funcionamiento las luces del vehículo y conducir a una velocidad prudente y precautoria con el fin de evitar posibles siniestros y tener una distancia prudente entre el vehículo que lo antecede en caso de necesidad de encontrarse una situación inesperada.

También, colocarse el cinturón de seguridad todos los ocupantes y guardar la relación de cantidad de asientos con el correcto funcionamiento de los cintos de seguridad. Antes de salir a las rutas verificar el estado del  pronóstico y de la ruta por la cual se requiere transitar.