El día de hoy comienza a regir la implementación de los octogonos negros del etiquetado Frontal de Alimentos para las grandes empresas. Todos los productos con exceso de grasas, azúcares, sodio y calorías de las grandes empresas deberán llevar el sello correspondiente.
Los sellos establecidos por la Ley 27.642 tienen como objetivo la promoción de una alimentación saludable y el etiquetado frontal busca brindar al consumidor la información correspondiente para que pueda tomar la mejor elección.
De acuerdo a datos publicados por Unicef el 58% de las personas del país tiene alguna insuficiencia de nutrientes, situación que se intensifica cuando se trata de grupos de menor nivel socioeconómico.
Los sellos deberán estar ubicados en el frente del envases con las siguientes inscripciones según corresponda «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasa saturadas», «Exceso en grasas totales», «Exceso en calorías».
En el caso de productos que contengan edulcorantes, debajo de los sellos deberán tener la siguiente leyenda: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as», y en caso de contener cafeína la leyenda dirá «Contiene cafeína. Evitar en niños/as».
Además de los sellos los productos que presentes excesos no podrán contener en sus envases personajes infantiles, animaciones, celebridades, deportistas o mascotas.
La normativa también establece la prohibición de publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas que contengan al menos un sello de advertencia dirigida a niñas, niños y adolescentes
Hasta el 20 de julio pasado las empresas tuvieron tiempo de solicitar una prórroga y para mayo del 2023 todos los productos deberán tener los sellos correspondientes.
Para las pequeñas y medianas empresas el plazo para solicitar una prórroga vence el 20 de enero del 2023.
