De Campaña? el deliberante quiere modificar el TOPE Salarial para los empleados municipales.

En la convocatoria a sesión ordinaria para mañana miércoles, plagada de Excepciones inmobiliarias, aceptación de donaciones y una corrección a la convocatoria a elecciones para el 2023, aparece sin mucha mas explicación el titulo de «reglamentación del articulo 226 de la Carta Orgánica».

Basta ir a la Carta Orgánica para ver que ese párrafo que es bastante claro y que no necesita de demasiada reglamentación e interpretación dice lo siguiente.

Remuneración. Limitación


Artículo 226. La remuneración neta que perciben los empleados y funcionarios públicos, tanto electos como designados, de cualquiera de los poderes públicos municipales, organismos o entes descentralizados que dependan del municipio, en ningún caso puede superar a la del intendente.

Lo que significa que claramente aumentara la masa salarial del municipio de manera hoy irresponsable en medio del contexto económico que impera en la Republica Argentina, en un municipio sin presupuesto y con un atraso considerable en el valor de su recaudación propia en relaciona con la inflación y los acuerdos salariales que atan justamente la masa salarial de los empleados de planta a un ajuste por el Costo de Vida en forma Tri Mestral.

Un deliberante que no aprobó ni rechazo el presupuesto 2023 y que nunca trabajo el valor de la recaudación municipal sin una visión política, que dejo muy retrasado el numero asignado al calculo de las tasas municipales, ahora tratara la reglamentación propuesta desde el Ejecutivo de Angostura.