Emergencia es no poder esperar: discapacidad y el derecho a vivir con dignidad

Por Matías Leandro Rodríguez – Abogado, Comunicador

Hay cuerpos que esperan. Que hacen fila en la intemperie de un sistema que se les niega o los posterga. Hay personas que ya no pueden – ni deben – esperar más: porque su terapia no puede suspenderse, porque su medicación no puede demorarse, porque su derecho no puede seguir siendo letra muerta.

La discapacidad no es solo una condición clínica: es una interpelación política, ética y jurídica. Una sociedad no se define únicamente por cómo protege a quienes se ajustan a sus parámetros de “normalidad”, sino – sobre todo – por cómo acompaña a quienes los desbordan. En nuestro país, desde hace ya demasiado tiempo, las personas con discapacidad y sus familias vienen denunciando – con la paciencia herida – un entramado persistente de vulneraciones: recortes en prestaciones, demoras burocráticas, falta de efectores, coberturas que se judicializan, profesionales que se van, licencias que no llegan.

La emergencia en discapacidad que el Senado comienza a debatir no es un exceso retórico: es el intento de respuesta a una deuda prolongada.

Y es allí donde el derecho tiene que recuperar su potencia transformadora. La ley propuesta no crea derechos nuevos – porque esos ya existen y cuentan con rango constitucional -, sino que nombra lo que los papeles callan: que hay una crisis estructural que impide el acceso efectivo y oportuno a derechos consagrados.

Cuando un sistema de salud y seguridad social no puede garantizar el acceso real, integral y digno a las prestaciones básicas de las personas con discapacidad, ya no hay margen para la espera ni para las interpretaciones mezquinas. Se necesita una herramienta normativa que reconozca lo evidente: estamos ante una situación de emergencia, y como tal, requiere medidas urgentes y excepcionales.

Porque cuando el derecho, por sí solo, no alcanza, el Estado debe actuar con todo el peso de su responsabilidad institucional. Y porque no hay ciudadanía plena sin accesibilidad garantizada.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – incorporada con jerarquía constitucional por la Ley 27.044 – no admite excusas presupuestarias ni delegaciones arbitrarias. No tolera discriminaciones por acción ni por omisión. No autoriza que la dignidad de millones de personas quede librada a la buena voluntad de las obras sociales ni al humor de las gestiones de turno.

La ley que hoy se discute puede constituir una bisagra. Pero su sola sanción no alcanzará si no se la implementa con la urgencia de lo justo y el cuidado de lo humano. Será necesario transversalizar la perspectiva de discapacidad en todas las políticas públicas; fortalecer el sistema de prestaciones y los marcos regulatorios; simplificar circuitos administrativos que hoy agotan; cuidar a quienes cuidan. Y, sobre todo, escuchar.

Porque ninguna vida debería estar en emergencia para que la justicia se apure.

Porque toda espera injusta es, en verdad, una forma sofisticada de violencia.

Y porque los derechos no pueden seguir siendo un privilegio que se gestiona: deben ser una certeza que se garantiza.