Tribunales: Ante el Llamado a Licitación para construir la escuela 361, piden de forma URGENTE suspender la ordenanza 4275/25

La batalla judicial, entre un grupo de vecinos y la provincia y el municipio por la construccion de las escuelas en el predio del Gimnasio Enrique Barbagelata, sumo un nuevo capitulo en los tribunales de Villa la Angostura.

Con la cuestión política ya resuelta y sin posibilidades de revertir la ordenanza que habilita la construcción de las escuelas en el predio del ONCE, Los Abogados que representan a los vecinos que se oponen volvieron a la carga y apelando al poder judicial, hicieron una presentación de la demanda.

Reafirmando los conceptos emitidos en la primera presentación ante la justicia, habiendo corregido errores en el tipeo del numero de la ordenanza 4275/25,Gordillo y Hensel suman un pedido de SUSPENSION URGENTE de la ordenanza 4275/25 por la generación de un hecho nuevo (Llamado a licitación Publica), Piden una MEDIDA CAUTELAR – URGENCIA ANTE LLAMADO A LICITACIÓN y Daño Ambiental Irreversible.

Textual: I. OBJETO, Que en el carácter invocado y acreditado, vengo en tiempo y forma a contestar el traslado ordenado en providencia de fecha 29/08/2025, en relación con la documental agregada, aclarar petición (error material) y denunciar existencia de hecho nuevo y solicitar con preferente y pronto despacho la emisión de la medida cautelar solicitada (suspensión de Ordenanza) a los fines de evitar que se vea frustrado el derecho invocado y se cause un perjuicio irrevocable en el marco del flagrante incumplimiento de la CARTA ORGANICA MUNICIPAL Y DEL “CÓDIGO DE PLANEAMIENTO AMBIENTAL URBANO DE VILLA LA ANGOSTURA” de Villa la Angostura, haciendo lugar a la pretensión cautelar pedida de SUSPENSION DE LA ORDENAZA Nº 4275/25 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO DEL AÑO VEINTICINCO, y a solicitar al. Juez que interviene que conforme los argumentos que más abajo ampliare con HECHOS NUEVOS, haga lugar al pedido de suspensión de los efectos de la Ordenanza Nº 4275/25 y del Decreto de promulgación Nº 1887/25.

El extenso pedido presentado en sede judicial, hace una reseña histórica de los usos del predio, la normativa que lo creo y además plantean que ese predio, su normativa, su origen y su historia es anterior a cualquier concepto vertido en la carta orgánica, lo que lleva a analizar otro tipo de documentación para determinar si es o no un espacio Verde, que en el caso de poder probarlo, obligaría a la provincia y al municipio a buscar un nuevo espacio para construir las dos escuelas que se pretenden.

Mientras tanto desde el gobierno provincial aceleraron para realizar los llamados a licitación y «cerrar» de esta manera a través del hecho consumado la posibilidad que avance el pedido de los vecinos y obligue a reiniciar el tramite de licitación para la escuela 361.

Ahora dependerá de la justicia contestar, de la provincia de demostrar realmente la voluntad de avanzar en la construcción de una escuela y de voluntad de los vecinos para seguir adelante con el pedido de suspensión para ubicar las escuelas en otro predio.