El fiscal del caso Adrián De Lillo y el funcionario Gustavo Vázquez formularon cargos a un varón que golpeó y mantuvo encerrada en una casa a una mujer que era su pareja, en la ciudad de Villa La Angostura.
La imputación la realizó ayer durante una audiencia en la que los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) pidieron que se impongan medidas de protección para la mujer: que el acusado no se pueda acercar a ella, que no pueda ejercer actos de perturbación por cualquier medio, y que él se presente una vez cada diez días en una comisaría cercana a su domicilio, todo por un lapso de cuatro meses.
De acuerdo a la teoría del caso que planteó el MPF, el hecho fue cometido el pasado 30 de agosto, alrededor de las 2 de la madrugada, en el interior de una vivienda ubicada en Villa La Angostura.
El acusado, N.A.E.L, y su pareja, mantuvieron una discusión. Esto ocurrió en el contexto de un vínculo signado por la violencia de género, según especificó el fiscal del caso. Cuando la víctima se dirigió hacia la habitación y se tiró sobre la cama, el imputado fue y comenzó a agredirla con golpes de puño en los brazos, piernas y el rostro.
Luego de la agresión, la mujer quiso irse de la vivienda, pero la puerta estaba con llave. Intentó escapar por la ventana del baño, pero el acusado la agarró y la llevó hacia la habitación, donde la privó ilegítimamente de su libertad. Después, comenzó a agredirla nuevamente con golpes de puño.
Una persona que es familiar de la víctima, y que vive en las inmediaciones de la vivienda donde ocurrió el hecho, fue a auxiliarla tras lo cual el acusado se subió al auto de ella y huyó del lugar.
El delito por el cual N.A.E.L quedó imputado fue lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en contexto de violencia de género, en concurso ideal con el delito de privación ilegal de la libertad, en calidad de autor.
Sobre el pedido de medidas de protección, el juez de garantías que dirigió la audiencia, Juan Pablo Balderrama, avaló que el acusado no se pueda acercar a ella por un radio de 300 metros, le impuso la obligación de alejarse en caso de que se la cruce en la calle y estableció que no puede ejercer actos de perturbación por cualquier medio, tanto hacia la víctima como a una integrante de su familia. Todo por el plazo de cuatro meses.
El magistrado rechazó el pedido de presentaciones en la comisaría de parte del imputado, cada diez días.
El plazo de investigación lo fijó en cuatro meses.
