“El encierro nunca resolvió el sufrimiento humano: apenas lo ocultó”

Entrevista a Matías Leandro Rodríguez.

En medio del debate por la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental impulsada por el Gobierno Nacional, el abogado y comunicador Matías Leandro Rodríguez cuestiona el avance sobre las internaciones involuntarias, advierte sobre el riesgo de regresar a modelos tutelares y sostiene que “el problema nunca fue el exceso de derechos sino el abandono de las políticas públicas”.

Matias, reflexiona sobre salud mental, democracia, control social y los límites éticos del poder estatal frente al sufrimiento humano.

La reforma de la Ley Nacional de Salud Mental volvió a abrir el debate sobre las internaciones involuntarias, los consumos problemáticos y el alcance de la intervención estatal frente al padecimiento psíquico. El proyecto impulsado por el Gobierno Nacional generó posiciones contrapuestas dentro del ámbito sanitario, jurídico y de los derechos humanos.

En diálogo con Gustavo Zwanck, el abogado y comunicador Matías Leandro Rodríguez analiza las implicancias jurídicas y políticas de la iniciativa, las tensiones en torno al modelo comunitario previsto por la ley y las dificultades que existieron en su implementación. A lo largo de la entrevista, sostiene que muchas de las falencias atribuidas a la norma responden, en realidad, a la falta de recursos y políticas públicas sostenidas en salud mental.

—Matías, hay un argumento que empieza a instalarse con bastante fuerza: que la Ley Nacional de Salud Mental fue una norma bienintencionada, incluso noble en sus principios, pero profundamente ingenua respecto de la realidad. ¿No creés que, en la práctica, terminó dejando al Estado sin herramientas frente a situaciones graves?

—Creo que esa lectura parte de una premisa equivocada y, además, peligrosamente simplificadora. Porque la ley nunca dejó al Estado sin herramientas; lo que hizo fue ponerle límites al ejercicio de un poder extremadamente delicado: el poder de decidir sobre la libertad y la autonomía de una persona atravesada por sufrimiento psíquico. Y eso no es ingenuidad jurídica; eso es constitucionalismo. A veces pareciera que en el debate público se olvida algo esencial: una internación involuntaria no es una recomendación terapéutica, es una restricción de libertad ambulatoria. Es decir, uno de los actos más intensos que puede ejercer el Estado sobre un cuerpo humano fuera del ámbito penal.

Por eso la ley incorporó estándares estrictos como el “riesgo cierto e inminente”. No para obstaculizar intervenciones, sino para evitar arbitrariedades históricas que en América Latina conocemos demasiado bien. Lo que sucedió después fue otra cosa: el Estado incumplió sistemáticamente la obligación de construir dispositivos comunitarios, redes territoriales, equipos interdisciplinarios, viviendas asistidas y políticas públicas integrales.

Entonces ahora se produce una operación discursiva bastante sofisticada: el propio Estado desfinancia la ley y luego utiliza las consecuencias de ese vaciamiento para argumentar que la ley fracasó. Es una inversión argumental notable. Sería como incendiar una escuela y luego sostener que el problema era el derecho a la educación.

—Sin embargo, hay familias que dicen sentirse completamente abandonadas frente a consumos problemáticos o cuadros severos. Hay padres que aseguran no poder hacer absolutamente nada para ayudar a sus hijos. ¿No hay allí un problema real que la ley actual no supo resolver?

—Claro que hay un problema real. Y sería de una insensibilidad enorme negar el sufrimiento de esas familias. Pero precisamente por eso me preocupa que ese dolor esté siendo utilizado para justificar regresiones normativas. Porque una cosa es reconocer el desamparo social y otra muy distinta es concluir que la solución consiste en flexibilizar garantías constitucionales.

La pregunta que casi nunca aparece en el debate es por qué el Estado nunca desarrolló seriamente el modelo comunitario que la ley ordenaba construir. Porque resulta llamativo: el discurso público se concentra obsesivamente en ampliar facultades de internación, pero muy poco en discutir presupuesto, atención primaria, dispositivos territoriales o acompañamiento interdisciplinario.

Pareciera que la única respuesta imaginable frente al sufrimiento fuera el encierro. Y eso revela algo culturalmente muy profundo de nuestra tradición institucional. Argentina tiene una larga historia de administrar aquello que la incomoda mediante institucionalización: la pobreza, la infancia abandonada, el padecimiento mental, incluso ciertas formas de disidencia. El encierro aparece siempre como una ficción tranquilizadora de orden. Pero el problema es que el encierro nunca resolvió estructuralmente el sufrimiento humano. Lo ocultó, lo desplazó o lo cronificó.

Entonces me parece muy peligroso que frente al fracaso de las políticas públicas el Estado responda no fortaleciendo derechos sino ampliando capacidad de control sobre los cuerpos más vulnerables.

—Hay otro punto que aparece en voz baja dentro del debate: cierta incomodidad de algunos sectores de la psiquiatría con la pérdida de centralidad que introdujo la ley. ¿Creés que detrás de algunas críticas también hay una disputa de poder profesional?

—Creo que sería ingenuo negar que toda transformación profunda de un sistema produce tensiones corporativas. La Ley de Salud Mental no modificó solamente procedimientos; modificó relaciones históricas de autoridad dentro del campo sanitario. Y eso inevitablemente genera resistencias.

Durante décadas, gran parte de las decisiones sobre el padecimiento psíquico estuvieron organizadas alrededor de modelos muy verticales, donde una disciplina concentraba una enorme capacidad de definición sobre la vida de las personas. La ley introdujo otra lógica: la de los equipos interdisciplinarios, la escucha múltiple, la comprensión compleja del sufrimiento humano. Y eso supone redistribuir poder institucional.

Ahora bien, me parece importante no caer en simplificaciones. Porque también hay muchísimos psiquiatras profundamente comprometidos con el paradigma de derechos humanos y con abordajes comunitarios. El problema no es una profesión; el problema es cierta cultura tutelar muy arraigada en nuestras instituciones.

Y además hay algo que a veces se pierde de vista: muchas discusiones que aparecen como debates “técnicos” en realidad esconden conflictos por recursos, territorialidad y capacidad de gestión. En algunos lugares del país no existen dispositivos intermedios, no hay redes comunitarias suficientes, no hay presupuesto, no hay equipos completos. Entonces ciertos efectores terminan funcionando bajo una lógica de saturación permanente.

Pero ahí es importante hacer una distinción muy clara: eso no demuestra que la ley sea equivocada. Demuestra que la implementación fue profundamente desigual y, en muchos casos, insuficiente. Sería injusto convertir las consecuencias del abandono estatal en argumentos contra el paradigma de derechos que la norma intentó construir.

—Uno de los puntos centrales de la reforma es modificar el criterio de internación involuntaria. Quienes apoyan el proyecto sostienen que el requisito de “riesgo cierto e inminente” es demasiado restrictivo y obliga muchas veces a esperar situaciones límite. ¿No creés que ahí hay una tensión legítima?

—Las tensiones son legítimas. Lo que no puede ser ilegítima es la respuesta jurídica frente a esas tensiones. Porque justamente los estándares constitucionales están diseñados para funcionar como límites frente a situaciones socialmente angustiantes.

El problema de las categorías ambiguas es que suelen expandir enormemente el margen de discrecionalidad estatal. Y la historia de la psiquiatría demuestra que cuando los criterios de intervención se vuelven difusos, las consecuencias suelen recaer siempre sobre los mismos cuerpos: los pobres, los marginados, los incómodos, los que desbordan.

Por eso me parece tan importante defender el estándar actual. La noción de “riesgo cierto e inminente” obligaba al Estado a justificar rigurosamente por qué iba a restringir la libertad de una persona. La reforma, en cambio, introduce categorías mucho más elásticas, más interpretables y más susceptibles de ser utilizadas desde percepciones subjetivas o presiones sociales.

Y hay algo más profundo todavía: el derecho contemporáneo abandonó hace tiempo la idea de peligrosidad como criterio central de intervención estatal. Porque las democracias constitucionales no pueden funcionar administrando personas a partir de hipótesis futuras sobre lo que eventualmente podrían hacer.

Cuando el derecho empieza a operar sobre sospechas antes que sobre hechos concretos, lo que se debilita no es solamente una garantía técnica; lo que empieza a erosionarse es la propia lógica democrática.

—El Gobierno también plantea que la ley debilitó el rol médico y que es necesario devolver centralidad al psiquiatra frente a los equipos interdisciplinarios. ¿Cuál es tu mirada sobre eso?

—Creo que ahí aparece una nostalgia bastante evidente por modelos verticales y médico-hegemónicos que la salud mental contemporánea intentó justamente superar. Porque el gran avance epistemológico de la ley fue comprender que el sufrimiento psíquico no puede ser reducido exclusivamente a una dimensión clínica o neuroquímica.

Una persona no es solamente un cerebro: también es historia, desigualdad, vínculos, violencia, precariedad, trauma, contexto. Por eso la interdisciplinariedad no era una moda progresista ni una concesión burocrática; era una decisión ética y política sobre cómo entender la subjetividad humana.

Cuando una sola disciplina concentra poder sobre cuerpos vulnerables, el riesgo de prácticas paternalistas y autoritarias aumenta inevitablemente. Y además hay una paradoja interesante: en una época donde todas las ciencias avanzan hacia enfoques complejos e integrales, pareciera que algunos sectores del debate público quieren volver a modelos simplificados de autoridad técnica.

Como si el sufrimiento pudiera resolverse recentralizando poder en figuras verticales. A mí eso me preocupa mucho. Porque el problema nunca es solamente quién decide; el problema es cuánto poder tiene alguien para decidir sobre la vida de otro sin suficientes contrapesos institucionales.

—Déjame hacerte una pregunta incómoda. ¿No creés que algunos sectores defensores de la ley terminaron construyendo una mirada excesivamente romántica sobre las adicciones o el padecimiento mental?

—No. Creo que esa es una caricatura bastante injusta del debate. Defender derechos no implica romantizar el sufrimiento. Nadie serio niega la gravedad de ciertos consumos problemáticos ni la necesidad de intervenciones estatales robustas. La discusión es otra: qué tipo de intervención y bajo qué límites constitucionales.

Porque si aceptáramos que la gravedad de un problema habilita cualquier respuesta estatal, entonces podríamos justificar prácticamente cualquier restricción de derechos frente a cualquier situación social angustiante. Y eso sería incompatible con un Estado democrático.

Lo que la ley vino a cuestionar fue la idea de que el padecimiento psíquico convierte automáticamente a una persona en objeto de tutela. Y eso fue profundamente revolucionario en términos jurídicos. Porque reconocer capacidad jurídica, autonomía y dignidad incluso en contextos de sufrimiento implica asumir que los derechos humanos no son premios reservados para quienes encajan socialmente. Son garantías precisamente pensadas para quienes atraviesan mayores vulnerabilidades.

Lo que me preocupa de ciertos discursos actuales es que desplazan lentamente el eje desde una lógica sanitaria hacia una lógica de control social. Se empieza hablando de cuidado y se termina hablando de vigilancia, peligrosidad y administración del riesgo. Y cuando eso ocurre, las garantías suelen aparecer rápidamente como obstáculos molestos frente a la demanda de eficacia.

—Escuchándote, pareciera que para vos esta discusión excede completamente el plano técnico de la salud mental.

—Absolutamente. Porque en el fondo lo que se está discutiendo es cómo una sociedad decide relacionarse con aquello que la desborda. Hay dos modelos muy distintos en tensión. Uno entiende que frente al sufrimiento humano el Estado debe fortalecer derechos, construir comunidad, garantizar inclusión y acompañamiento integral. El otro entiende que frente al desorden social el Estado debe recuperar capacidad de tutela y control.

Y eso cambia completamente la filosofía política de la intervención pública. A veces tengo la sensación de que el proyecto de reforma expresa cierta incomodidad cultural frente a la autonomía de los sujetos vulnerables. Como si la ciudadanía plena fuera aceptable mientras las personas no incomoden demasiado el orden social.

Pero justamente ahí se mide la calidad ética de una democracia: en su capacidad de garantizar dignidad incluso frente a aquello que genera miedo, angustia o incomodidad colectiva.

—Última pregunta. Si tuvieras que resumir en una frase cuál es el mayor riesgo de esta reforma, ¿qué dirías?

—Diría que el mayor riesgo es naturalizar la idea de que cuando el Estado fracasa en cuidar, la solución consiste en ampliar su poder para encerrar.

Porque cada vez que una sociedad acepta reducir garantías constitucionales en nombre de la eficacia, lo que empieza a deteriorarse no es solamente una política pública específica. Lo que empieza a deteriorarse es la sensibilidad democrática misma.

Y además hay algo profundamente injusto en toda esta discusión: el Estado incumple durante años la obligación de construir dispositivos comunitarios, desfinancia salud mental, precariza equipos interdisciplinarios y luego presenta el resultado de ese abandono como prueba de que sobran derechos.

No. Lo que faltó nunca fueron facultades para intervenir sobre cuerpos vulnerables. Lo que faltó fue decisión política para construir un sistema de cuidado que no confundiera protección con disciplinamiento.