Turismo abre un cupo para habilitar 20? nuevos ATT’s en Angostura..

Villa La Angostura, 01 de noviembre de 2026. La Municipalidad de Villa La Angostura, a través de la Secretaría de Turismo, informa que a partir del martes 10 de noviembre estará abierta la inscripción para una convocatoria excepcional de hasta 20 cupos para nuevas habilitaciones de Alojamientos Turísticos Temporarios (ATT). La medida está establecida en el Decreto Municipal N.º 2660/2026.

A continuación, te contamos paso a paso de qué se trata y cómo participar.

¿Por qué se abre esta convocatoria?

Desde 2025 rige en la localidad una suspensión temporal de nuevas habilitaciones de ATT. Esta medida busca ordenar el crecimiento turístico mientras se avanza en el Plan de Ordenamiento Territorial y en la revisión integral de la normativa de alojamiento, cuidando la infraestructura de la Villa, sus servicios y sus áreas naturales.

El Decreto 2660/2026 prorroga esa suspensión hasta el 31 de marzo de 2027.

Importante: esta convocatoria no levanta la suspensión general. Es una excepción acotada a 20 unidades.

Información destacada del Decreto 2660/2026

Cupos disponibles: hasta 20.

Un cupo por titular: cada propietario puede obtener un solo cupo, aunque se presente a través de representantes o apoderados.

Un cupo = una unidad: cada cupo corresponde a una única unidad de alojamiento.

Inscripción: solo online, a través del sistema municipal de Autogestión. Portal de Autogestión – Municipio de Villa La Angostura

Plazo: 10 días hábiles administrativos desde el martes 10 de noviembre de 2026

Cómo se asignan los cupos? Se asignarán según el orden cronológico de carga de la documentación completa en el sistema

Vigencia de la habilitación: 1 año, sin renovación automática.

¿Cómo participar? Paso a paso

Prepará la documentación con anticipación. Antes de que abra el formulario, reuní todos los papeles exigidos para habilitar un ATT, incluida la acreditación de titularidad del inmueble. Importante, si tenés dudas, corroborá en Recaudaciones +54 9 294 424 1693 o recaudaciones@villalaangostura.gov.ar que la titularidad del inmueble y el número de nomenclatura catastral coincida con los registros. El listado completo de documentación a presentar lo detallamos a continuación:

TODA LA DOCUMENTACION DEBE ESTAR A NOMBRE DEL PROPIETARIO Y/O ADMINISTRADOR.

✔Nota de presentación en mesa de entrada de la Secretaría de Planeamiento, Dirección de Obras Particulares, SELLADA, que da cuenta de la presentación de la documentación requerida por esa secretaría, para la aprobación de los planos con cambio de uso a destino turístico. AL CAMBIAR LA CARÁTULA A USO TURÍSTICO LAS CARGAS POR HABILITACIÓN PASAN A SER COMERCIALES.

✔ Datos personales del solicitante: cargar DNI frente y dorso.

✔ Copia digital del Título de propiedad del inmueble o documentación que acredite la misma. Número Catastral: Boleta compra- venta o Escritura

✔ Copia digital del contrato social legalizado para los casos en que el propietario fuera una persona de existencia jurídica.

✔ Copias digitales del contrato en caso de que los responsables del establecimiento realizaran su explotación a través del régimen de franquicia, concesión o alquiler.

✔ Reglamento de consorcio.

✔ Cargar nota con información de la vivienda, a saber:

*Nombre comercial propuesto para el establecimiento Se deberá proponer 3 (tres) denominaciones por orden de prioridad, optativas para el establecimiento.

*Información de contacto: Dirección, correo electrónico, teléfono, lugar para recibir notificaciones.

✔ Seguro de Responsabilidad Civil

✔ Inscripción ARCA e Ingresos Brutos (tributando en la Provincia de Neuquén)

✔ Copia final de Obras, Parcial o Medición.

✔ Servicios Comerciales (EPEN – CAMUZZI) Nota presentada en cada ente solicitando el cambio a servicio comercial.

✔ Croquis de emergencia

✔ Antecedentes Penales. (provinciales o nacionales)

2 Ingresá a Autogestión. Desde el martes 10 de noviembre, el formulario estará disponible en Portal de Autogestión – Municipio de Villa La Angostura Si todavía no tenés usuario, te recomendamos crearlo antes.

3. Completá el formulario y cargá toda la documentación. La solicitud tiene que identificar al propietario y a la unidad que se propone habilitar.

4. Verificá que no falte nada. Solo participan de la asignación las solicitudes con documentación completa presentadas dentro del plazo. Una presentación incompleta no reserva lugar ni da prioridad.

5. Esperá la publicación de resultados. Una vez cerrada la inscripción y verificadas las solicitudes, la Secretaría de Turismo publicará los resultados en el sitio web oficial de la Municipalidad. www.angosturainforma.gob.ar

¿Cómo se define quién obtiene un cupo?

El criterio es simple y transparente: orden cronológico. Los 20 cupos se asignan según la fecha y hora en que cada solicitud quedó completa, tal como lo registra el sistema de Autogestión.

IMPORTANTE: si cargás la solicitud un día y completás un documento faltante después, la fecha que cuenta es la del último documento cargado. Por eso conviene tener todo listo desde el primer momento.

Si dos solicitudes coinciden en fecha y hora, se desempata por el número correlativo de ingreso que genera el sistema.

¿Qué se va a publicar al final?

Para garantizar la transparencia del proceso, la Secretaría de Turismo publicará un informe con:

• La lista ordenada de solicitudes admitidas

• Las solicitudes seleccionadas para los 20 cupos.

• Un orden de reserva, si corresponde, para cubrir cupos que queden libres.

• Las solicitudes desestimadas y el motivo.

Por resguardo de los datos personales, no se publicarán números completos de documento ni documentación personal. Además, cada interesado recibirá la notificación de su caso por los canales administrativos correspondientes.

Quedar seleccionado no es lo mismo que estar habilitado

Este punto es clave: obtener un cupo no autoriza todavía a alquilar ni a publicar la unidad. Después de la selección, la habilitación se otorga mediante un acto administrativo, una vez verificada la documentación y realizadas las inspecciones y demás exigencias de la normativa vigente.

Si una solicitud seleccionada es desestimada o su titular renuncia antes de obtener la habilitación, el cupo puede pasar a la siguiente solicitud del orden de reserva.

Condiciones de la habilitación

• Dura 1 año desde que se otorga.

• No se renueva automáticamente: cualquier continuidad dependerá de la normativa que esté vigente en ese momento.

• Es personal e intransferible y queda vinculada exclusivamente a la unidad indicada en la solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Puedo inscribir dos propiedades? No. Se asigna un solo cupo por titular, para una única unidad.

¿Me puedo inscribir de forma presencial? No. La inscripción es únicamente a través del formulario en Autogestión. Se prevé un punto de asistencia presencial para quienes necesiten ayuda con la carga, en la Secretaría de Turismo, en el área de Fiscalización.

¿Sirve inscribirme el primer día aunque me falte un papel? No. Mientras la documentación esté incompleta, la solicitud no tiene lugar en la fila. Cuenta el momento en que se carga el último documento.

¿Si quedo seleccionado ya puedo publicar mi unidad en plataformas de alquiler? No. Primero tenés que obtener la habilitación formal y licencia comercial, después de las verificaciones e inspecciones.

Consultas

Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Villa La Angostura ÁREA DE FISCALIZACIÓN Celular: +54 9 294 434 8422, mail: fiscalización@villalaangostura.gov.ar